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Ley Foral Vigente

Disposición adicional vigésima. Obligación de los promotores de vivienda protegida de atender los requerimientos debidos a deficiencias o vicios ocultos.

Disposición adicional vigésima de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra. · BOE-A-2010-8618

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

Texto consolidado

Los promotores de vivienda protegida deberán atender los requerimientos debidos a deficiencias o vicios ocultos de construcción de viviendas protegidas formulados por el departamento competente en materia de vivienda que sean denunciados en los tres años siguientes a la fecha de calificación definitiva y no se encuentren cubiertos por los seguros a los que se refiere la legislación básica de ordenación de la edificación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-01.

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