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Ley Vigente

Disposición adicional vigésima.

Disposición adicional vigésima de la Ley 50/1984, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985. · BOE-A-1984-28337

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-01-01.

Texto consolidado

El Gobierno a propuesta de los Ministerio de Economía y Hacienda y de Trabajo y Seguridad Social, acordará la aplicación a programas y proyectos generadores de empleo del crédito especial que figura en los Presupuestos de Gastos del Estado, de conformidad con lo previsto en el Acuerdo Económico y Social.

Asimismo, el INEM destinará 30.000 millones de pesetas de su presupuesto de gastos a conciertos para la realización de obras y servicios públicos, según lo previsto en dicho Acuerdo Económico y Social.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-01-01.

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