Disposición adicional única. Tarifas de gas natural, gases manufacturados por canalización y precios de gases licuados del petróleo envasado.
Disposición adicional única del Real Decreto-ley 6/1999, de 16 de abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia. · BOE-A-1999-8577
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-18.
Texto consolidado
El Ministro de Industria y Energía, en un plazo no superior a un mes desde la entrada en vigor del presente Real Decreto-ley, mediante Orden, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dictará las disposiciones necesarias para la actualización de las tarifas de venta de gas natural, gases manufacturados por canalización para los consumidores finales y precios de gases licuados del petróleo envasados. Esta actualización tendrá por objeto la revisión a la baja de parámetros no vinculados a cotizaciones internacionales de crudo y productos petrolíferos.
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- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 6/1999, de 16 de abril, de Medidas Urgentes de Liberalización e Incremento de la Competencia.