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Real Decreto Vigente

Disposición adicional única. Profesores de religión contratados en el curso escolar 2006/2007.

Disposición adicional única del Real Decreto 696/2007, de 1 de junio, por el que se regula la relación laboral de los profesores de religión prevista en la disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. · BOE-A-2007-11450

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-06-10.

Texto consolidado

Los profesores de religión no pertenecientes a los cuerpos de funcionarios docentes que a la entrada en vigor del presente real decreto estuviesen contratados pasaran automáticamente a tener una relación laboral por tiempo indefinido en los términos previstos en este real decreto, salvo que concurra alguna de las causas de extinción del contrato prevista en el artículo 7 o que el contrato se hubiere formalizado de conformidad con el artículo 15.1.c) del Estatuto de los Trabajadores, es decir, para sustituir al titular de la relación laboral.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-06-10.

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