Disposición adicional única. Ingreso directo de los militares profesionales de tropa y marinería en los centros docentes de formación de la Guardia Civil.
Disposición adicional única del Real Decreto 597/2002, de 28 de junio, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso en los centros docentes de formación del Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2002-12893
Atención: Real Decreto 597/2002 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
A los militares profesionales de tropa y marinería no se les exigirá tener cumplido el compromiso inicial para el ingreso directo, sin reserva de plazas, en los centros docentes de formación para la incorporación a las diferentes Escalas del Cuerpo de la Guardia Civil.