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Real Decreto Derogada

Disposición adicional única. Partes médicos de incapacidad temporal.

Disposición adicional única del Real Decreto 575/1997, de 18 de abril, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de la prestación económica de la Seguridad Social por incapacidad temporal. · BOE-A-1997-8769

Atención: Real Decreto 575/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Mientras no se aprueben los nuevos partes médicos de incapacidad temporal, en los términos previstos en el apartado 7 del artículo 1, mantendrán su validez los actualmente vigentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-06-01.

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