Disposición adicional única. Competencia.
Disposición adicional única del Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, por el que se establece las tallas mínimas de determinadas especies pesqueras. · BOE-A-1995-8639
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-09.
Texto consolidado
El presente Real Decreto se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de pesca marítima en aguas exteriores, de acuerdo con lo previsto en el artículo 149.1.19.a de la Constitución.