Disposición adicional única. Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y SAECA.
Disposición adicional única del Real Decreto 388/2021, de 1 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria S.M.E. (SAECA) por titulares de explotaciones agrarias, de operadores económicos del sector pesquero o de industrias agroalimentarias que garanticen préstamos para su financiación. · BOE-A-2021-9174
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-03.
Texto consolidado
De conformidad con el artículo 16 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación suscribirá con SAECA un Convenio para que ésta actúe como entidad colaboradora en el marco de las líneas de ayuda a la financiación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que tendrá el contenido mínimo previsto en el artículo 16.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En el caso de que exista un convenio en vigor con el mismo objeto no será necesario suscribir uno nuevo.
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