Disposición adicional única. No incremento de gasto público.
Disposición adicional única del Real Decreto 276/2003, de 7 de marzo, por el que se regula el Registro estatal de centros docentes no universitarios. · BOE-A-2003-4927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-12.
Texto consolidado
El funcionamiento del Registro estatal de centros docentes no universitarios no supondrá incremento de gasto público y será atendido con los medios personales y materiales actuales de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.