El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente 2 redacciones

Disposición adicional única. Aplicación de otras normativas.

Disposición adicional única del Real Decreto 2660/1998, de 14 de diciembre, sobre el cambio de moneda extranjera en establecimientos abiertos al público distintos de las entidades de crédito. · BOE-A-1998-28816

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-02-15.

Texto consolidado

A los establecimientos de cambio de moneda regulados en este real decreto les será aplicable la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y su normativa de desarrollo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-02-15.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Real Decreto 2660/1998

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 2660/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.