Disposición adicional única. Funcionamiento del Registro.
Disposición adicional única del Real Decreto 233/2002, de 1 de marzo, por el que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de la floricultura y se establecen medidas de apoyo a su constitución y funcionamiento. · BOE-A-2002-4920
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-03-13.
Texto consolidado
El Registro General de Agrupaciones de Productores de plantas vivas y productos de la floricultura contemplado en el artículo 4 del presente Real Decreto funcionará con los actuales recursos humanos y materiales de los que dispone el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
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