Disposición adicional única. Título competencial.
Disposición adicional única del Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles. · BOE-A-2000-21339
Atención: Real Decreto 1911/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El presente Real Decreto se dicta al amparo del artículo 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la economía.
Más artículos de Real Decreto 1911/2000
- ← Artículo 8. Almacenes intermedios de material especificado de riesgo.
- → Disposición final primera. Facultad de desarrollo y modificación.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1911/2000, de 24 de noviembre, por el que se regula la destrucción de los materiales especificados de riesgo en relación con las encefalopatías espongiformes transmisibles.