Disposición adicional única. Integración de Planes de Protección Física y Planes de Protección Específicos.
Disposición adicional única del Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas. · BOE-A-2011-15723
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-12-19.
Texto consolidado
Las instalaciones nucleares y radiactivas que se consideren críticas, integrarán en el Plan de Protección Física, en los casos en que se establezca en la normativa reguladora de aplicación, el Plan de Protección Específico en materia de protección de infraestructuras críticas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 del Reglamento de protección de infraestructuras críticas, aprobado mediante Real Decreto 704/2011, de 20 de mayo. En la tramitación y supervisión del documento resultante de dicha integración participarán de forma coordinada el Centro Nacional para la Protección de las Infraestructuras Críticas y los demás departamentos implicados.
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