Disposición adicional única. Contribuciones a organismos, fondos, programas y entidades de carácter internacional.
Disposición adicional única del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. · BOE-A-2019-4671
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-04-19.
Texto consolidado
La Base de Datos Nacional de Subvenciones recogerá asimismo información de las contribuciones obligatorias, voluntarias y de todas aquellas aportaciones económicas efectuadas por las Administraciones públicas a organismos, programas, fondos o entidades de carácter internacional en las mismas condiciones que las recogidas en este real decreto.
La Intervención General de la Administración del Estado y el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación establecerán los mecanismos de cesión de información para el refuerzo de la BDNS y del sistema de gestión y registro de contribuciones económicas a organizaciones internacionales y otras entidades de carácter internacional de conformidad con su legislación específica.