Disposición adicional única. Recursos humanos y materiales.
Disposición adicional única del Real Decreto 1149/2011, de 29 de julio, por el que se establece y regula el registro español de ayudas "de minimis" en el sector pesquero. · BOE-A-2011-14783
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-03-16.
Texto consolidado
El funcionamiento del Registro español de ayudas «de minimis» en el sector pesquero será atendido con los medios personales y materiales existentes en el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino a través de la Secretaria General del Mar y de las distintas Administraciones Públicas en el ámbito de sus respectivas funciones.
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