El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional única. Otras disposiciones aplicables.

Disposición adicional única del Real Decreto 1085/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen normas zoosanitarias para la importación y tránsito por España de determinados ungulados vivos procedentes de terceros países. · BOE-A-2005-15845

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-20.

Texto consolidado

Sin perjuicio de lo previsto en este real decreto, serán, asimismo, de aplicación las disposiciones que adopte la Comisión Europea relativas a:

a) Normas adicionales para la aplicación de la normativa zoosanitaria para la importación y tránsito en importación y tránsito en la Unión Europea de ungulados vivos procedentes de terceros países.

b) Normas sobre el origen de los animales.

c) Criterios de clasificación de las regiones o los terceros países autorizados en lo que se refiere a las enfermedades animales.

d) Disposiciones para el uso de documentos electrónicos en lo que se refiere a los modelos de certificados veterinarios, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.e).

e) Los modelos de certificados veterinarios según lo dispuesto en el artículo 7.1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-11-20.

Más artículos de Real Decreto 1085/2005

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1085/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.