Disposición adicional única. Modificación de la denominación del Centro Informático Contable de la Seguridad Social.
Disposición adicional única del Real Decreto 1077/2021, de 7 de diciembre, por el que se regulan los principios generales y la organización del sistema de información contable de la Seguridad Social. · BOE-A-2021-21311
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-25.
Texto consolidado
1. Se modifica la denominación del Centro Informático Contable de la Seguridad Social, que pasa a denominarse Centro de Desarrollo Informático de la Intervención General de la Seguridad Social.
2. Las referencias hechas en el ordenamiento jurídico al Centro Informático Contable de la Seguridad Social, se entenderán hechas al Centro de Desarrollo Informático de la Intervención General de la Seguridad Social.