Disposición adicional única. Facultades de aplicación.
Disposición adicional única de la Orden TAS/2214/2005, de 4 de julio, por la que se regula la tramitación de las modificaciones de crédito en el Presupuesto de la Seguridad Social. · BOE-A-2005-11969
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-13.
Texto consolidado
Se faculta a la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social para dictar las disposiciones que sean necesarias para la aplicación de la presente Orden.