Disposición adicional única. Recursos y medios de la ONE.
Disposición adicional única de la Orden HFP/1381/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación. · BOE-A-2021-20475
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-31.
Texto consolidado
La puesta en funcionamiento de la ONE requerirá la previa aprobación de la relación de puestos de trabajo correspondiente al personal de la Unidad Técnica de Evaluación de Proyectos, que resulta necesario para la emisión de los informes, sin perjuicio de que para la elaboración de los informes se pueda contar con los medios de colaboración a que se refiere el apartado 2 del artículo 5 de esta Orden.