Artículo 12. Adhesión de las Comunidades Autónomas.
Artículo 12 de la Orden HFP/1381/2021, de 9 de diciembre, por la que se regula la organización y funcionamiento de la Oficina Nacional de Evaluación. · BOE-A-2021-20475
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-12-31.
Texto consolidado
Cada Comunidad Autónoma podrá adherirse a la ONE para que realice los informes preceptivos a que se refiere esta Orden, que afecten a los contratos de concesión de su competencia, mediante la suscripción del correspondiente instrumento de adhesión, en el que se hará constar la compensación económica que se establezca, el plazo de duración y las demás condiciones que sean necesarias para su aplicación.