Disposición adicional única. Comisiones paritarias.
Disposición adicional única de la Ley 9/1993, de 1 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de información turística. · BOE-A-1994-5710
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-12-23.
Texto consolidado
Se creará, por acuerdo entre el Gobierno de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y el consejo insular correspondiente, una comisión paritaria, cuya misión será instrumentar el traspaso de los medíos y de la documentación que esta ley determina, así como garantizar que los expedientes en trámite se resuelvan en los plazos establecidos por la legislación vigente.