Disposición adicional única. Imagen corporativa de las campañas de comunicación y publicidad institucional.
Disposición adicional única de la Ley 8/2013, de 27 de diciembre, de comunicación y publicidad institucional de Extremadura. · BOE-A-2014-754
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-19.
Texto consolidado
En el ámbito de la Junta de Extremadura, las campañas institucionales de comunicación y publicidad institucional habrán de adaptarse a las disposiciones reguladoras de la Imagen Corporativa de la Junta de Extremadura que resulten de aplicación.
Se deberá unificar los criterios de diseño y sentido institucional de todas las páginas web y redes sociales (facebook, twitter...) de las Consejerías, Direcciones Generales y Organismos autónomos.