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Ley Vigente

Disposición adicional única. Funciones del Consejo de Colegios de Aragón.

Disposición adicional única de la Ley 6/2022, de 1 de diciembre, de creación del Colegio Profesional de Ópticos-Optometristas de Aragón. · BOE-A-2023-495

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-16.

Texto consolidado

El Colegio Profesional de Ópticos-Optometristas de Aragón, que tiene el carácter de general por extenderse a todo el territorio de la comunidad autónoma, asume las funciones reconocidas a los Consejos de Colegios de Aragón en la Ley 2/1998, de 12 de marzo, de Colegios Profesionales de Aragón.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-16.

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