Disposición adicional única. Normativa aplicable al personal del Consejo Audiovisual.
Disposición adicional única de la Ley 2/2010, de 7 de junio, del Consejo Audiovisual de las Illes Balears. · BOE-A-2010-10602
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-06-20.
Texto consolidado
El personal al servicio del Consejo Audiovisual queda incluido en el artículo 3.2 y en la disposición adicional segunda de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears.