Disposición adicional única. Censo de Terapeutas Ocupacionales.
Disposición adicional única de la Ley 11/2001, de 18 de junio, de Creación del Colegio Profesional de Terapeutas Ocupacionales de Aragón. · BOE-A-2001-13274
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-28.
Texto consolidado
El Gobierno de Aragón pondrá todos los medios necesarios para que el Censo de Terapeutas Ocupacionales ejercientes en Aragón goce de la máxima fiabilidad.