Disposición adicional única. Aplicación de la ley en el ámbito autonómico.
Disposición adicional única de la Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela. · BOE-A-2025-26698
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-28.
Texto consolidado
Esta ley se aplicará en las comunidades autónomas en lo que no se oponga a los regímenes competenciales existentes en los respectivos Estatutos de Autonomía.
Cuando de la aplicación de la norma resultasen competentes órganos de diversas administraciones, se establecerán mecanismos de colaboración con carácter previo a la aplicación de la norma en el ámbito sancionador.