Disposición adicional única. Limitación de precios y tarifas de las pruebas diagnósticas.
Disposición adicional única del Decreto-ley 5/2021, de 7 de mayo, por el que se modifican la Ley 16/2010, de 28 de diciembre, de Salud Pública de las Illes Balears, y el Decreto-ley 11/2020, de 10 de julio, por el que se establece un régimen sancionador específico para hacer frente a los incumplimientos de las disposiciones dictadas para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. · BOE-A-2021-11617
Atención: Decreto-ley 5/2021 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Hasta que el Gobierno del Estado español declare la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, se establecen las tarifas y los precios máximos que se indican a continuación, que tienen que aplicar los centros, los servicios y los establecimientos sanitarios y sociosanitarios, públicos y privados, para la realización de las pruebas diagnósticas:
a) Para la realización de pruebas PCR: 75,00 €.
b) Para la realización de pruebas de antígenos: 30 €.
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