Disposición adicional única. Rango normativo del anexo.
Disposición adicional única del Acuerdo de 28 de febrero de 2011, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/2011 de asociaciones judiciales profesionales. · BOE-A-2011-4946
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-04-07.
Texto consolidado
El anexo que se incorpora al presente Reglamento, donde se contiene el catálogo y baremo de actividades subvencionables al que se refiere el artículo 18.4, tiene rango de Instrucción del Consejo General del Poder Judicial, pudiendo ser modificado por Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial.