Disposición adicional undécima. Tratamiento preferente.
Disposición adicional undécima del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. · BOE-A-2005-323
Atención: Real Decreto 2393/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las solicitudes de visados y autorizaciones de residencia por motivos de reagrupación familiar tendrán tratamiento preferente, para lo cual podrá exceptuarse el orden de incoación de expedientes previsto en el artículo 74.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
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