Disposición adicional undécima.
Disposición adicional undécima de la Ley 9/1983, de 13 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para 1983. · BOE-A-1983-19653
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-10-19.
Texto consolidado
1. (Derogado)
2. (Derogado)
3. (Derogado)
4. La cuantía de 5 millones de pesetas que figura en el artículo 54 de la Ley de Contratos del Estado se eleva a 50 millones de pesetas.
5. Se fija en 400 plazas la plantilla del Cuerpo de Intervención y Contabilidad de la Administración Civil del Estado.
Se derogan los apartados 1 a 3 por la disposición derogatoria.1 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre. Ref. BOE-A-1988-22572
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1988-22572.