El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Disposición adicional undécima. Comunicación de desplazamiento de las empresas establecidas en terceros países.

Disposición adicional undécima de la Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios transnacional. · BOE-A-1999-22895

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-03-02.

Texto consolidado

Cuando las empresas establecidas en terceros países a que se refiere el artículo 18.3 no tengan permitido utilizar el formulario multilingüe estándar de la interfaz pública conectada al Sistema de Información del Mercado Interior (IMI) para la realización de la comunicación de desplazamiento prevista en el artículo 22.1, tales empresas realizarán esta comunicación por medios electrónicos ante la autoridad laboral española competente por razón del territorio donde se inicie o finalice el servicio en España. En el caso de un transporte de cabotaje, la comunicación se realizará ante la autoridad laboral española competente por razón del territorio donde se inicie el servicio.#a3

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-03-02.

Más artículos de Ley 45/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 45/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.