Disposición adicional undécima. Plan para el fomento de la industria de la actividad física y del deporte.
Disposición adicional undécima de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco. · BOE-A-2023-10639
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.
Texto consolidado
1. El departamento de la Administración general de la Comunidad Autónoma competente en materia deportiva, junto con los departamentos competentes en desarrollo económico e innovación, elaborarán un plan para potenciar la industria vinculada a la actividad física y del deporte, especialmente en el ámbito de la innovación tecnológica.
2. Tal plan tendrá como objetivos principales:
a) Promover la creación de un clúster para la industria deportiva como facilitadora de la cooperación entre las empresas actoras de la industria de la actividad física y del deporte, las universidades, los centros de investigación, las administraciones públicas vascas con competencias en materia deporte y los agentes del sistema deportivo vasco.
b) Fomentar las denominadas estrategias empresariales de especialización inteligente, RIS3, en el área de la actividad física y del deporte.