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Decreto Foral Legislativo Vigente

Disposición adicional trigésima segunda. Determinación del rendimiento neto en la modalidad simplificada del método de estimación directa en las actividades agrícolas y ganaderas durante los años 2008 y 2009.

Disposición adicional trigésima segunda del Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas · BON-n-2008-90013

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-01-01.

Texto consolidado

Con efectos exclusivos, durante los años 2008 y 2009, para la determinación del rendimiento neto de las actividades agrícolas y ganaderas en la modalidad simplificada del método de estimación directa y a los efectos previstos en el apartado 2 del artículo 30 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Decreto Foral 174/1999, de 24 de mayo, el porcentaje a deducir será del 10 por 100.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2009-01-01.

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