Disposición adicional tercera. Declaración de interés general y autorización de transferencia de pequeña cuantía.
Disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas. · BOE-A-2023-11187
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-13.
Texto consolidado
1. Se declara de interés general del Estado la actuación de mejora del abastecimiento a la entidad local de Matalascañas en Almonte (Huelva) desde la estación de tratamiento de agua potable de Palos (Huelva), en los términos previstos en el Plan Hidrológico del Guadalquivir, aprobado por el Real Decreto 35/2023, de 24 de enero. La declaración de interés general implicará el otorgamiento a la Administración General del Estado de la competencia para la construcción, mantenimiento y explotación de la obra, sin que dicha competencia se extienda al servicio público cuya competencia está atribuida a otra Administración, ni a actuaciones nuevas sobre dicha infraestructura. Tampoco comprenderá las obras de gran reparación, rehabilitación, ampliación o sustitución, que requerirán una nueva declaración de interés general.
La actuación incluida en esta disposición llevará implícita la declaración de utilidad pública y de urgencia a los efectos previstos en los artículos 9, 10, 11 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
2. Se autoriza la transferencia de hasta 3 hm3/año desde la demarcación hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras a la demarcación hidrográfica del Guadalquivir para atender el abastecimiento de Matalascañas en Almonte (Huelva).
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