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Real Decreto-ley Vigente

Disposición adicional tercera. Inclusión en los planes de inversión de los distribuidores de activos e infraestructuras con cargo a los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles. · BOE-A-2022-15354

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-22.

Texto consolidado

Con carácter excepcional, el plazo previsto en la disposición transitoria única del Real Decreto 1125/2021, de 21 de diciembre, para la presentación de las adendas a los planes de inversión de 2021 y 2022, así como la fecha prevista en la disposición adicional cuarta del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para presentación de los planes de inversión de 2023, se extiende hasta el 30 de septiembre de 2022.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-09-22.

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