Disposición adicional tercera. Suministro de información al Servicio Público de Empleo Estatal por parte de las Administraciones tributarias.
Disposición adicional tercera del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar. · BOE-A-2022-14680
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-09.
Texto consolidado
Las Administraciones tributarias, incluidas las de régimen foral, estarán obligadas a suministrar al Servicio Público de Empleo Estatal la información a la que se refiere el apartado 2 de la disposición adicional primera.
Más artículos de Real Decreto-ley 16/2022
- ← Disposición adicional segunda. Asunción de obligaciones en materia de cotización con relación a las personas trabajad…
- → Disposición adicional cuarta. Comisión para la integración de la perspectiva de género en el listado de enfermedades …
- Ver la norma completa: Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.