Disposición adicional tercera. Acceso a préstamos de interés preferente sin bonificación.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias. · BOE-A-2001-11052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-10.
Texto consolidado
Los beneficiarios de líneas de ayuda de carácter específico, reguladas mediante normativa propia por las Comunidades Autónomas, en materia de estructuras agrarias de producción, que financien acciones no contempladas en este Real Decreto, podrán acogerse, sin beneficios de bonificación de intereses, a los préstamos amparados por los Convenios de colaboración con entidades financieras suscritos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.