Disposición adicional segunda. Vigencia de los Convenios.
Disposición adicional segunda del Real Decreto 613/2001, de 8 de junio, para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias. · BOE-A-2001-11052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-06-10.
Texto consolidado
Los Convenios de colaboración suscritos por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación con las entidades financieras y con la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) continuarán vigentes de conformidad con su clausulado. Las referencias al Real Decreto 204/1996, de 9 de febrero, y sus posteriores modificaciones, se entenderán hechas al presente Real Decreto.
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