Disposición adicional tercera. Coste presupuestario.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria. · BOE-A-2024-13418
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-04.
Texto consolidado
Este real decreto no implica incremento de gastos de personal, ni precisa de nuevas dotaciones presupuestarias en el ámbito del sector público, llevándose a cabo con las disponibilidades presupuestarias existentes.
Más artículos de Real Decreto 610/2024
- ← Disposición adicional segunda. Efectos de la creación del nuevo título de especialista.
- → Disposición adicional cuarta. Plazos para la constitución de los órganos asesores y la elaboración de nuevos programa…
- Ver la norma completa: Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria.