El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Disposición adicional cuarta. Plazos para la constitución de los órganos asesores y la elaboración de nuevos programas formativos.

Disposición adicional cuarta del Real Decreto 610/2024, de 2 de julio, por el que se establece el título de Médica/o Especialista en Medicina de Urgencias y Emergencias y se actualizan diversos aspectos en la formación del título de Médica/o Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria. · BOE-A-2024-13418

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-04.

Texto consolidado

1. En el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de este real decreto se constituirá la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias.

2. En el plazo de un mes desde la constitución de la Comisión Nacional de la Especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias se formará la Comisión Delegada de Atención Inmediata.

3. En el plazo de seis meses desde la constitución de los órganos asesores, se elaborarán y publicarán los nuevos programas formativos de las especialidades de Medicina de Urgencias y Emergencias y de Medicina Familiar y Comunitaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-07-04.

Más artículos de Real Decreto 610/2024

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 610/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.