Disposición adicional tercera. Instituto Social de las Fuerzas Armadas.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 308/2007, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento de las Delegaciones de Defensa. · BOE-A-2007-5445
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-16.
Texto consolidado
Las delegaciones, subdelegaciones y oficinas del Instituto Social de las Fuerzas Armadas mantendrán su actual estructura y dependencias, ubicándose siempre que sea posible en las sedes de las Delegaciones o Subdelegaciones de Defensa.