Disposición adicional tercera. Suplencia de las personas titulares de órganos superiores y directivos.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 307/2020, de 11 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. · BOE-A-2020-1996
Atención: Real Decreto 307/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad, se establece el siguiente régimen de suplencia de los órganos superiores y directivos del Departamento:
a) La persona titular de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública será sustituida por las personas titulares de las Secretarías Generales de su dependencia, siguiendo el orden en que aparecen mencionados por primera vez en este real decreto, salvo que el superior jerárquico común establezca expresamente otro orden de sustitución.
b) Las personas titulares de las Secretarías Generales serán sustituida por las personas titulares de las Direcciones Generales de su dependencia, siguiendo el orden en que aparecen mencionados por primera vez en este real decreto, salvo que el superior jerárquico común a todos ellos establezca expresamente otro orden de sustitución.
c) La persona titular de la Subsecretaría de Política Territorial y Función Pública será sustituida por la persona titular de la Secretaría General Técnica.
d) Las personas titulares de las Direcciones Generales y de la Secretaría General Técnica serán sustituidas por las personas titulares de las Subdirecciones Generales de su dependencia, siguiendo el orden en el que aparecen mencionados por primera vez en este real decreto, salvo que el superior jerárquico común a todos ellos establezca expresamente otro orden de sustitución.
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