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Real Decreto Derogada

Disposición adicional tercera. Competencias del Director del Instituto de Toxicología.

Disposición adicional tercera del Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses. · BOE-A-1996-4718

Atención: Real Decreto 296/1996 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde al Director del Instituto de Toxicología, respecto a los médicos forenses que desempeñen puestos incluidos en sus relaciones de puestos de trabajo, las funciones que este Reglamento otorga a los Directores de los Institutos de Medicina Legal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-03-02.

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