Disposición adicional tercera. Recursos humanos y materiales.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior. · BOE-A-2004-3949
Atención: Real Decreto 285/2004 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El funcionamiento de los comités a que se refiere este real decreto se atenderá con los medios humanos y materiales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, sin que, en ningún caso, suponga incremento de gasto público.
Se amplía el plazo de la entrada en vigor al 1 de marzo de 2005, por el art. único.b) del Real Decreto 1830/2004, de 27 de agosto. Ref. BOE-A-2004-15616
Téngase en cuenta el último párrafo del art. único sobre competencias atribuidas
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