Disposición adicional tercera.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 2207/1979, de 13 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Nacional de Ópticos. · BOE-A-1979-22782
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-10-11.
Texto consolidado
En lo no previsto en los presentes Estatutos se estará a lo dispuesto por la citada Ley 2/1974 y Real Decreto 1303/1977, de 10 de junio.