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Real Decreto Vigente

Disposición adicional tercera. Arrastre de cuota de emisiones entre periodos de asignación.

Disposición adicional tercera del Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026. · BOE-A-2024-3789

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-29.

Texto consolidado

Se modifica el segundo párrafo del artículo 3 del Real Decreto 317/2019, de 26 de abril, por el que se define la medida de mitigación equivalente a la participación en el régimen de comercio de derechos de emisión en el periodo 2021-2025 y se regulan determinados aspectos relacionados con la exclusión de instalaciones de bajas emisiones del régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Queda redactado de la siguiente forma:

«En el caso de que una instalación u hospital excluido de conformidad con el artículo 27 de la Directiva 2003/87/CE continúe en ese régimen de exclusión en el periodo 2026-2030, cuando en el año 2025 el volumen de emisiones notificadas sea inferior al volumen de emisiones que corresponde con el objetivo asumido, podrá arrastrar hasta un 25 % de la diferencia resultante entre ambos volúmenes, añadiéndola al volumen de emisiones permitido en el año 2026 a efectos de cumplir con el objetivo de ese año.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-02-29.

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