Disposición adicional tercera. Prolongación de los estudios universitarios.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas. · BOE-A-2025-4320
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-03-06.
Texto consolidado
En aquellos supuestos en los que los requisitos y condiciones aplicables permitan el disfrute de becas y ayudas al estudio durante uno o dos años más de los establecidos en el plan de estudios de la correspondiente titulación universitaria, la convocatoria podrá establecer la cuantía de las becas y ayudas al estudio que se concedan para el último de estos cursos adicionales.
Más artículos de Real Decreto 163/2025
- ← Disposición adicional segunda. Víctimas de violencia de género y de violencia sexual.
- → Disposición adicional cuarta. Compensación a las Universidades y centros que impartan las Enseñanzas Artísticas super…
- Ver la norma completa: Real Decreto 163/2025, de 4 de marzo, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio para el curso 2025-2026, y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.