Disposición adicional tercera. Informe en relación con la clasificación de la SAREB a efectos de contabilidad nacional.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos. · BOE-A-2012-14118
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-11-17.
Texto consolidado
En caso de modificación de los criterios establecidos en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas podrá emitir un informe relativo a los efectos de estas modificaciones sobre la clasificación de la SAREB a efectos de contabilidad nacional.
Más artículos de Real Decreto 1559/2012
- ← Disposición adicional segunda. Arancel de los notarios y registradores de la propiedad.
- → Disposición adicional cuarta. Ampliación de la limitación de tamaño de la SAREB.
- Ver la norma completa: Real Decreto 1559/2012, de 15 de noviembre, por el que se establece el régimen jurídico de las sociedades de gestión de activos.