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Real Decreto Derogada

Disposición adicional tercera. Consejos Consultivos.

Disposición adicional tercera del Real Decreto 1339/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Comisión Nacional de Energía. · BOE-A-1999-18000

Atención: Real Decreto 1339/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La constitución de los Consejos Consultivos de Electricidad y de Hidrocarburos se realizarán en el plazo de dos meses a contar desde la entrada en vigor de este Real Decreto.

En el plazo de tres meses desde la constitución de los Consejos Consultivos, se procederá a la aprobación de sus normas de funcionamiento y a la constitución de las correspondientes Comisiones Permanentes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-08-25.

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