Disposición adicional tercera. Cooperación con Andorra.
Disposición adicional tercera del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas. · BOE-A-2007-2296
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-02-04.
Texto consolidado
Se establecerá la adecuada cooperación con Andorra a fin de lograr los objetivos medioambientales definidos en la Demarcación Hidrográfica del Ebro.